En la plataforma de la "libertad" 🤔
El "absolutista de la libertad de expresión" y sus reglas.

Hola, ¿cómo estás? 😊 No soy muy buena para estos primeros párrafos porque mi cabeza sólo está pensando en todo lo que quiero contar en esta oportunidad. Sin embargo, no quiero dejar de agradecer a aquellas personas que se sumaron este último mes tanto en las suscripciones gratuitas como quienes decidieron hacer un aporte económico para que pueda seguir este proyecto. Siempre se valora pero en este contexto mucho más.
También quiero agradecer a quienes se tomaron el tiempo de leer el último correo y comentar o escribirme con alguna idea, reflexión o decirme que les gustó 🤗
Un último agradecimiento (sí, ya sé, agradezco mucho) es para mis colegas y amigxs que me ayudaron con consejos y recomendando Pensar las TIC. Gracias, Irina, Juan y Pablo. Es un honor compartir charlas y experiencias laborales con ustedes (o viajes). ¡Son enormes profesionales y grandes personas!
Sin más preámbulos, vamos a lo nuestro.
No sé cómo te llevabas con Twitter (o ahora X). ¿Lo que pasa ahí es algo que te interpela directamente, te pasa de costado o te resulta indiferente? En mi caso, esa relación fue variando, pero hasta hace un par de años podía decir con seguridad que era mi red social preferida. No sólo porque me llevo mejor con la expresión escrita que con las imágenes, los videos y los audios, sino por el tipo de red y de vínculos que había desarrollado en esa plataforma.
Así que cuando hace un par de años empezó la novela de Elon Musk y su campaña para desprestigiar Twitter y comprarla, la seguí de cerca. Todos los días aparecía algo nuevo pero lo que más me quedó presente, y que me resonó fuerte en su momento, fue cuando él se autoproclamó un “absolutista de la libertad de expresión”. Musk aseguraba que quería que Twitter fuera un espacio más libre porque, como dice en la cita de la imagen más arriba, para él “la libertad de expresión es la base de una democracia funcional y Twitter es la plaza digital donde se debaten cuestiones vitales para el futuro de la humanidad”.
Haciendo una especie de salto temporal al presente, ya existen varios ejemplos que dan cuenta de qué es para él la “libertad de expresión” y cómo orienta selectivamente esa libertad para unos y no para otros.
Menciono algunos casos, para que no quede como una afirmación abstracta:
Aplicación de shadowban o shadowbanning sobre contenido pro-palestino, limitando la libertad de expresión (en su doble función de limitar a quienes quieren expresarse y a quienes quieren recibir esa información).
Desde que Musk asumió como CEO, X (ex Twitter) bloqueó más contenidos solicitados por gobiernos de lo que lo se hacía antes de su llegada. Esto incluye la solicitud por parte de gobiernos autoritarios de Turquía o India.
En Argentina, X bloqueó la cuenta de la agencia de noticias universitaria ANCCOM durante 15 días, luego de que realizaran una cobertura informativa sobre la aprobación de la polémica “Ley Bases” en el Congreso argentino y la represión a los manifestantes que se oponían a la misma. La empresa de Elon Musk tomó la medida sin explicar los motivos ni ofrecer mecanismos efectivos y canales de diálogo para solucionar el problema.
En Brasil resonó la decisión judicial de suspender temporalmente el acceso a X en ese país. Sin embargo, algo para destacar sobre el comportamiento de la empresa es que, para que se llegara a esa medida, Elon Musk se había negado a cumplir órdenes judiciales y a designar un representante legal. Desde OBSERVACOM, se organizó un debate interesante al respecto:
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Libertad de qué y para quién
El “absolutista de la libertad de expresión” no está solo. En los últimos años, la proclama sobre LA LIBERTAD está en todos lados y se dice -y se grita- así: ¡Viva la libertad! Y, en principio, cualquiera podría estar de acuerdo. ¿Quién no quiere ser libre? Pero, ¿libre de qué o de quién? ¿Libre para hacer qué? ¿Libre cómo? ¿Libre cuándo?
El concepto de la libertad es complejo y tiene varias definiciones e interpretaciones, desde la filosofía, la psicología, la sociología y podría seguir. No es mi intención profundizar demasiado porque, además, no soy la persona indicada para hacerlo. Ser libre, siguiendo las definiciones de la Real Academia Española, podría resumirse en que alguien pueda decidir si quiere hacer algo o no. Sin embargo, eso que decida hacer o no también lo hace responsable de sus actos en la medida en que comprenda las consecuencias de ellos.
Seguramente conozcan la frase que dice “Mi libertad termina donde comienza la de los otros”, aunque muchas veces se expresa de otra manera: “Tu libertad termina donde empieza la del otro”, señalando así siempre el límite que debe ponerse la otra persona para respetar “mi” libertad. En Argentina, particularmente en Buenos Aires, suele aparecer en la boca de personas que son entrevistadas en la calle cuando hay alguna manifestación que interrumpe el tránsito y se pone el foco más en el derecho a “circular libremente” por la vía pública que a los derechos de las y los manifestantes que están siendo vulnerados (incluso en aquellos casos en que esos derechos afectados y por los que se está reclamando correspondan a todas las personas y no solo a las que protestan).
Volviendo al mensaje central de esta frase, lo que me interesa destacar es precisamente que la libertad NO es absoluta. La libertad que ejerce cada individuo tiene límites, especialmente cuando afecta los derechos y libertades de los demás. Esto tiene sentido precisamente porque, por más que existan las libertades individuales, somos seres sociales, convivimos con otras personas, y esos límites tienen que ver con el respeto mutuo.
Quienes reclaman y exigen, caprichosamente, vivir una libertad absoluta, buscan hacer lo que ellos quieran, vivir como ellos quieran, sin que nadie pueda impedírselos y sin importar cómo sus acciones afectan los derechos del resto. Pero, ¿qué pasa con los demás? Para establecer las reglas para vivir en sociedad y definir los límites existe, entre otras cosas, el derecho, las leyes.

La DSA y los límites a las Very Large Online Platforms (VLOP)
En esta oportunidad voy a hablar de una ley, la Ley de Servicios Digitales de la Unión Europea (la DSA, por sus siglas en inglés), que es una ley extensa y que se aplica sobre distintos tipos de empresas del mundo digital. Entre las plataformas reguladas se encuentran las Plataformas en línea y motores de búsqueda de “muy gran tamaño” (las Very Large Online Platforms -VLOP-), como X.
Vamos por partes. La Ley de Servicios Digitales (DSA) entró en vigor el 25 de agosto de 2023 y representa un cambio de paradigma en el modo de regulación de las plataformas que ofrecen estos servicios dentro de la Unión Europea. Esto quiere decir que, a partir de la DSA, se pasa de un modelo de autorregulación de las empresas a uno en el que las autoridades judiciales o administrativas nacionales pertinentes y la Comisión Europea desempeñarán un papel central como encargados de aplicar normas más estrictas. Se mantendrá una cooperación público-privada en la gobernanza de las plataformas pero con mayor supervisión estatal.
¿Cuáles son las VLOP?
En la ley se define como “Very Large Online Platforms” (VLOP) a aquellas que cuentan con más de 45 millones de usuarios en el bloque de 27 países. En la actualidad, estas son:
X
TikTok
Instagram
Wikipedia
Zalando
AliExpress
Amazon
AppStore
Bing
Booking
Facebook
Google Search (el buscador)
Google Play
Google Maps
Google Shopping
LinkedIn
Pinterest
Snapchat
YouTube
Es importante aclarar que la DSA se asegura de que las VLOP tengan un conjunto de normas separado de aquellas otras medianas o pequeñas, ya que tienen más recursos para hacer frente a los daños y una mayor cuota de responsabilidad. Esta medida busca garantizar una mayor competencia en el mercado, por no imponer altas barreras de entrada a servicios digitales europeos más pequeños.
Estos son algunos de los puntos centrales que establece la normativa europea:
Un entorno en línea más seguro: obliga a las plataformas a tomar medidas rápidas para abordar el contenido ilegal y evaluar anualmente los riesgos que plantea el contenido que alojan y circulan.
Una mayor transparencia: las plataformas deben ser más transparentes sobre cómo funcionan sus algoritmos y prácticas comerciales, lo que ayudará a los consumidores a tomar decisiones más informadas.
Mayor diligencia y transparencia en la moderación de contenidos: los consumidores podrán participar en las decisiones de moderación de contenido que tomen las empresas e impugnarlas formalmente.
Mayores protecciones para los consumidores frente a la publicidad personalizada: prohíbe la publicidad dirigida a menores basada en la elaboración de perfiles y obliga a las plataformas a etiquetar los anuncios e informar sobre quién los pone.
Mecanismos de reclamación y resolución de conflictos: las grandes plataformas digitales tendrán que poner a disposición de los consumidores mecanismos para presentar reclamaciones y resolver disputas.
👉 ¿Qué podría pasar si alguna de las grandes plataformas incumple con lo que indica la DSA? Podría enfrentarse a una multa de hasta el 6% de su facturación global. Además, a los infractores reincidentes se les puede prohibir operar en el bloque europeo por completo.
❓ ¿Conocías la Ley de Servicios Digitales? ¿Usás X? ¿Cómo es tu experiencia en las plataformas digitales en general? ¿Para qué las usás?
Las dos normas de X
A partir del 15 de noviembre de 2024 entra en vigor la última actualización de los Términos de servicio de X. Esto es algo que pasa todo el tiempo con todos los servicios digitales que usamos. Para convertirnos en usuarios, nos piden que aceptemos sus Términos, le damos clic en “aceptar” y avanzamos. Creamos nuestras cuentas y empezamos a usarla.
Esos Términos de servicio son el contrato de adhesión que firmamos. Ese “aceptar” es nuestra firma que indica que aceptamos esas condiciones, esas reglas que nos imponen, que no podemos negociar y que, encima, las desconocemos. ¿Por qué? Porque nadie lee esos Términos.
Pero te quiero contar algunas cosas que se pueden encontrar cuando se lee un poco en detalle. Sin ánimo de aburrirte, si es que llegaste hasta acá, voy a ser breve y a mencionar sólo algunos ejemplos de lo que encontré en esos Términos que entran en vigor en unos días. Y aclaro que no es la única plataforma (ni empresa) que lo hace. Esto que te cuento es sólo para graficar mejor por qué es importante que haya una regulación estatal que promueva la garantía de derechos de su ciudadanía.
Tienen 2 Términos distintos. Uno para quienes viven “fuera de la Unión Europea, los Estados de la AELC o el Reino Unido, incluso si vive en los Estados Unidos” y otro para quienes viven “en la Unión Europea, los Estados de la AELC o el Reino Unido” (lo voy a sintetizar como “Si estás en la UE” y “Si no estás en la UE”). Esto pasa porque para poder funcionar en la Unión Europea tienen que cumplir con la Ley de Servicios Digitales que te comenté más arriba, que les exige varias cosas que en otras regiones no.
Si estás en la UE no sólo te explican cómo funciona el sistema de “recomendaciones de contenido” sino que te dan la opción de que realices ajustes en la configuración sobre ese sistema:
”Las recomendaciones de contenido se realizan en función de una combinación de factores: cómo interactúa con los Servicios, los temas que ha indicado que le interesan y lo que les gusta a otros usuarios que comparten sus intereses similares. Se pueden realizar ajustes en su configuración y puede encontrar información adicional en nuestro Centro de ayuda”Si estás en la UE respetan tu elección de que tus contenidos se muestren sólo a una comunidad restringida:
”Sin embargo, si ha elegido a través de nuestras funciones limitar la distribución de su Contenido a una comunidad restringida, respetaremos esa elección.”Si no estás en la UE pueden poner fin al contrato con vos cuando quieran y sin motivos:
”En la medida que lo permita la ley, también podemos cancelar su cuenta o dejar de prestarle la totalidad o parte de los Servicios por cualquier otro motivo o sin motivo a nuestra conveniencia.”Si no estás en la UE te obligan a aceptar que cualquier disputa en tribunales se realice en Texas, Estados Unidos.
”Todas las disputas relacionadas con estos Términos o los Servicios, incluidas (…), se presentarán exclusivamente en el Tribunal de Distrito de los EE. UU. para el Distrito Norte de Texas o en los tribunales estatales ubicados en el Condado de Tarrant, Texas, Estados Unidos, y usted acepta la jurisdicción personal en esos foros y renuncia a cualquier objeción en cuanto a foro inconveniente.”
Así que, ya vemos un poco qué pasa en X cuando tienen un poco más de libertad y que no necesariamente se usa para darle más libertad de expresión a sus usuarios.

¡Gracias por leer Pensar las TIC! Si te gustó y te parece que tiene algún valor…
Te comparto algunas lecturas que te pueden interesar 📚
Regulación de los términos de uso de servicios de video a demanda en Argentina: los casos de Netflix y Max un artículo de Fernando Krakowiak en el que analiza la intervención de la Dirección Provincial de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios de la Provincia de Buenos Aires (Argentina) contra las empresas de video a demanda (video-on-demand) por streaming Netflix y Max por la inclusión de cláusulas abusivas en sus términos de uso. Este es un ejemplo claro sobre la importancia de la regulación estatal y de las debilidades de la “autorregulación empresaria” a la hora de garantizar los derechos de las personas. Recomiendo mucho su lectura. Disponible online acá.
Inteligencia Artificial, algoritmos y libertad de expresión un paper de Manuel Larrondo y Nicolás Grandi. Por mi parte, coincido con el enfoque en general y destaco este planteo de sus conclusiones: “En términos generales, el uso inhumano de algoritmos predictivos en lo que refiere puntualmente a la remoción automática e irreflexiva de contenidos en línea, vulnera los estándares internacionales de libertad de expresión tal como la prohibición de censura previa." Lo encontrás por acá.
Si te interesa saber un poco más sobre cómo funciona la moderación de contenidos, te invito a leer esto que escribí hace un tiempo.
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Carolina